
Si has comprado un décimo y la suerte te sonríe, quédate tranquilo porque Hacienda no muerde todo el premio, solo lo que pasa de 40.000 euros por décimo.
Ese tramo extra lleva un gravamen del 20% que te descuentan al cobrar, de modo que el dinero que entra en tu cuenta ya es el neto. Y aquí no hay sustos posteriores en la renta, porque el premio no se integra en tu IRPF.
Si juegas una fracción de décimo o compartes el número, cada persona disfruta su parte de exención y, si corresponde, soporta su propia retención en la misma proporción.
Para que te situes con un ejemplo, de 100.000 euros cobras 88.000 y Hacienda se queda 12.000, y no tendrás que volver a declarar ese premio en tu IRPF. A partir de aquí, puedes calcular cualquier cantidad con la misma lógica.
Para que lo veas de un vistazo, así quedan los importes más consultados. Recuerda que el neto siempre es el bruto menos el 20% del tramo que supera 40.000 euros.
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Premio por décimo |
Base sujeta tras exención |
Impuesto 20 % |
Neto que cobras |
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400.000 € (Gordo) |
360.000 € |
72.000 € |
328.000 € |
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125.000 € (segundo) |
85.000 € |
17.000 € |
108.000 € |
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50.000 € (tercero) |
10.000 € |
2.000 € |
48.000 € |
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20.000 € (cuartos) |
0 € |
0 € |
20.000 € |
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6.000 € (quintos) |
0 € |
0 € |
6.000 € |
Los premios de hasta 2.000 euros se cobran en cualquier administración oficial y te los pagan íntegros, porque no alcanzan el umbral operativo. Cuando el premio es igual o superior a 2.000 euros, el paso siguiente es una entidad financiera autorizada.
Allí calculan la parte no exenta, aplican el 20% y realizan el ingreso del neto en tu cuenta. Sin comisiones y sin necesidad de ser cliente.
Si compraste en la web oficial de Loterías del Estado, los premios superiores se abonan por transferencia a la cuenta verificada, con la misma retención aplicada antes del ingreso.
El premio, como tal, no se integra en tu IRPF y la retención practicada es definitiva, por lo que no tendrás ajustes posteriores.
Ahora bien, los intereses que genere el dinero sí tributan como rendimientos del capital mobiliario. Además, si tu patrimonio supera el mínimo exento de tu comunidad autónoma, podrías quedar sujeto al Impuesto sobre el Patrimonio. Ten cuidado con esto...
Cuando el décimo es de varios, cada persona aplica su propia exención de 40.000 euros en proporción a lo jugado y, si procede, soporta su retención sobre esa parte. Así evitas pagar de más y, sobre todo, evitas que el reparto posterior se interprete como una donación.
La clave está en acreditar la cotitularidad desde el primer momento del cobro, identificando a todos los participantes debidamente.
Si necesitas más información sobre esto, te dejamos una pequeña guía sobre cómo compartir un décimo de manera segura.
Lo más práctico es fotografiar el décimo por ambas caras y anotar detrás (con cuidado de no tapar información importante) nombres, DNI y porcentaje de cada participante.
También puedes firmar un justificante con número, serie, fracción, importe jugado por cada cual y fecha. Si conservas un comprobante del pago a quien compró el décimo, mejor todavía, porque todo encaja y nadie podrá reclamar nada.
En ventanilla bancaria cada cotitular se identifica y cobra su parte neta. La exención de 40.000€se prorratea según el porcentaje de participación, por lo que cada uno tributa solo por su exceso.
Si una sola persona cobra y luego reparte sin poder acreditar que el décimo era compartido, la Agencia Tributaria puede considerar que ha habido una donación y exigir el impuesto correspondiente según tu comunidad autónoma.
Imagina que te tocan 80.000€, restas la exención y queda una base de 40.000€, aplicas el 20% y pagas 8.000€, por lo que cobras 72.000€.
Si el premio es de 40.000 euros, no hay base sujeta y cobras íntegro.
Y si compartes al 50 por ciento un décimo de 125.000 euros, a cada uno le corresponden 62.500 euros, se aplica una exención de 20.000 euros por cabeza y tributáis por 42.500 euros; el impuesto es de 8.500 euros para cada parte y el neto que recibes es de 54.000 euros.
Pagas cuando el premio por décimo supera 40.000 euros. Si tu participación es menor que un décimo, la exención se reduce en la misma proporción y se aplica directamente sobre tu parte.
Del Gordo por décimo Hacienda retiene 72.000 euros y cobras 328.000. Del segundo retiene 17.000 y cobras 108.000. Del tercero retiene 2.000 y cobras 48.000.
Si, una vez cobrado, transfieres dinero a otra persona sin acreditar que ya era cotitular, esa entrega se considera donación y queda sujeta al impuesto de donaciones con tipos distintos según la comunidad autónoma.
Si era cotitular desde el inicio, no hay donación porque cada cual cobra lo suyo y la operación queda bien justificada.
El cobro abre el mismo día 22 por la tarde y cuentas con tres meses desde el día siguiente al sorteo.
Los premios pequeños se cobran en administraciones y los iguales o superiores a 2.000 euros en bancos autorizados. Si dejas pasar el plazo, el derecho caduca y el importe no cobrado pasa al Tesoro Público.
No existe una cifra única porque depende de lo vendido y de cómo se distribuyan los premios. De la emisión anual se destina un 70% a premios y el resto cubre la operativa del juego y comisiones de venta.
Además, el gravamen del 20% sobre el exceso de 40.000€ aporta ingresos públicos variables y los premios no cobrados tras el plazo también revierten al Tesoro.
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Si lo vas a compartir con amigos, compañeros de la empresa o con quien sea, te decimos cómo dejar por escrito a los participantes para que todo quede claro y, si toca, cobres sin líos. Somos tu administración de confianza y estamos para que disfrutes la ilusión de jugar a la lotería.
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